Es el cuerpo colegiado que conduce, gestiona y administra al sindicato.
Está conformado por veinticinco (25) miembros titulares y cinco (5) vocales suplentes que se desempeñan en las 13 secretarias que estatutariamente conforman este órgano.
El secretariado sesiona de manera ordinaria una vez cada dos semanas y posee la facultad de sesionar de manera extraordinaria toda vez que sea necesaria. Entre todas las funciones que competen a este órgano las más importantes son: llevar adelante la ejecución de las resoluciones que se desprendan de la asamblea afiliadas y afiliados, velar por la aplicación del estatuto, los reglamentos internos y disponer la implementación de huelgas por asociaciones sindicales de segundo y tercer grado.
La elección de los miembros que integran este cuerpo colegiado se realiza cada 4 años, siguiendo los lineamentos planteados en el estatuto del sindicato, a través de la presentación de listas a la junta electoral para luego competir en elecciones donde votan todas las afiliadas y afiliados que se encuentren en condiciones.